Pagaremos 81 céntimos a las formaciones por cada voto válido emitido para el Congreso y 32 céntimos para el Senado

El coste de ejercer el derecho al voto: escaños, votos, papeletas y sobres

Los partidos políticos que obtengan representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados y en el Senado, tras las Elecciones Generales del 20 de diciembre, percibirán varios tipos de subvenciones.


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Los partidos políticos que obtengan representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados y en el Senado, tras las Elecciones Generales del 20 de diciembre, percibirán varios tipos de subvenciones. Otra cosa son las ayudas que ingresan para su normal funcionamiento, seguridad o para sus fundaciones.


Por cada escaño/diputado elegido, los partidos cobrarán 21.167,64 euros. Es la misma cifra que en 2008, pero 465,69 euros menos que hace cuatro años. Se eligen a 350 parlamentarios para el Congreso de los Diputados y 208 para el Senado. La Cámara Alta no se renueva totalmente porque siguen en el cargo los senadores designados por las Comunidades Autónomas tras las elecciones de mayo. No olvides que el Senado está compuesto por 266 senadores aunque hay formaciones que lo quieren reducir a 100 y otras, directamente, suprimirlo.

Cuadro escaños

Las formaciones políticas también recibirán una subvención de 0,81 euros por cada uno de los votos obtenidos por cada candidatura al Congreso, uno de cuyos miembros, al menos, hubiera obtenido escaño de Diputado. Y otra subvención de 0,32 euros por cada uno de los votos obtenidos por cada candidato que hubiera obtenido escaño de senador.


Límite de los gastos electorales

Con la finalidad de que los partidos no se comporten como unos manirrotos y gasten según las perspectivas electorales que los sondeos de opinión reflejan, se establecen unos límites en el gasto para la campaña. Según el artículo 175.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, en redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, el límite de los gastos electorales para las elecciones a las Cortes Generales o a cualquiera de sus Cámaras, será el que resulte de multiplicar por 0,37 euros el número de habitantes correspondiente a las poblaciones de derecho de las circunscripciones donde presente sus candidaturas cada partido, federación, coalición o agrupación.


Subvención por gastos de envío directo

Abrimos el capítulo del mailing o lo que cuesta enviarte la papeleta del voto a tu casa. Es un dineral. Hay partidos que defienden un único envío con las papeletas de los partidos más importantes en cada circunscripción. Y que luego cada votante coja un sobre en el colegio electoral. Has de tener en cuenta que un gran número de ciudadanos en España sigue saliendo de casa con la papeleta y el sobre preparado. Esta circunstancia la conocen de sobra los partidos. Así, los grandes tienen capacidad para gastar mucho en esta partida y así se evitan posibles intimidaciones en los colegios electorales o falta de papeletas porque algunos gamberros las han escondido. En Cataluña, el PP o Ciudadanos saben de sobra lo que pasa. Antiguamente, en el País Vasco, ocurría algo parecido con las papeletas del PP en algunas poblaciones con gran respaldo de la izquierda nacionalista.

CD

El BOE dice que el Estado subvencionará a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones, de los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral, de acuerdo con las reglas siguientes:


Se abonarán 0,18 euros por elector en cada una de las circunscripciones en las que haya presentado lista al Congreso de los Diputados y al Senado, siempre que la candidatura de referencia hubiera obtenido el número de diputados o senadores o de votos preciso para constituir un Grupo Parlamentario en una u otra Cámara. La obtención de Grupo Parlamentario en ambas Cámaras no dará derecho a percibir la subvención más que una sola vez.

Los datos completos los puedes consultar en el Boletín Oficial del Estado del pasado sábado. Se publicó la orden habitual en estos casos desde el Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas:


Orden del Ministerio de Hacienda y Administración Públicas por la que se fijan las cantidades de las subvenciones a los gastos originados por actividades electorales para las Elecciones Generales de 20 de diciembre de 2015.


Fuente de la fotografía. Vista parcial del Congreso de los Diputados. Madrid.