El TSJC deja en evidencia que los contribuyentes tendrán que pagar la imprudencia de la Generalitat de Cataluña

Barcelona hace aguas

El mismo día de la inauguración de los mundiales de natación que se celebran en Barcelona, un viernes, a punto de irnos de fin de semana o coger las vacaciones, nos damos cuenta de que la ciudad vuelve a hacer aguas. Y no es una fuga en la piscina olímpica.

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El gato al agua, finalmente, no se lo llevan los de la famosa tertulia de la tele. Se lo lleva Aguas de Barcelona. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña le ha dado la razón. Acciona pierde y la Generalitat tiene que pagar las costas del proceso judicial que engloba una de las chapuzas más memorables a la hora de adjudicar un contrato. Es lo que pasa cuando una administración pública no tiene liquidez para pagar las nóminas de sus funcionarios y ‘regala’ contratos saltándose a la torera la evaluación de los concursos y obviando la mejor propuesta presentada. La culpa, unos 300 millones de euros. Vitales a finales de año de 2012 para no hacer crac. Ahora, la ‘broma’ la pagarán los contribuyentes. Lo explicamos.


El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado los recursos de la Generalitat, Aigües Ter-Llobregat (ATLL) y Acciona contra la resolución del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Catalunya (OARCC).


Este organismo dejaba sin efecto la oferta de Acciona en la adjudicación de la gestión de la ATLL, por lo que el TSJC refrenda la decisión el OARCC de que la oferta de Acciona no es válida. Además, esta resolución se deje ejecutar de inmediato. El asunto, incluso, urge ya que no cumplirlo supone prevaricación.


El mismo día de la inauguración de los mundiales de natación que se celebran en Barcelona, un viernes, a punto de irnos de fin de semana o coger las vacaciones, nos damos cuenta de que la ciudad vuelve a hacer aguas. Y no es una fuga en la piscina olímpica.


Según ha informado el TSJC este viernes, su decisión se debe a que la normativa europea vela por evitar que se mantenga por la vía de los hechos consumados una decisión durante el tiempo que se tramita un litigio "en perjuicio de los contratistas injustamente desplazados".


Ahora, la Generalitat y el consorcio adjudicatario inicialmente, liderado por Acciona, pueden presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo, lo que el Govern ya anunció que haría si el TSJC desestimaba este último recurso.


Los recursos invocaban a los daños que se derivarían de la anulación del resultado del concurso público por lo que respecta a la repercusión en las finanzas de la Generalitat -el contrato le permitió reducir el déficit en 1.000 millones en 2012-, así como a perjuicios para el servicio de agua a los consumidores y para los trabajadores de la ATLL.


En cambio, el TSJC argumenta -con un voto particular en contra- que no se puede constatar que el mantenimiento de la decisión del OARCC comporte daños de suficiente entidad porque los perjuicios se limitarían al proceso de transición a un nuevo concesionario, ya que la ley obliga a seleccionar un nuevo contratista.


Una posibilidad es que el servicio sea concedido a la segunda licitante (Agbar), y "si esta hipótesis no prospera, el servicio deberá ser objeto de nueva licitación".


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